Artículo 17 Simplificació... La Mancha

Artículo 17 Simplificación, Agilización y Digitalización Administrativa de La Mancha

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Artículo 17. Utilización de la declaración responsable y la comunicación.

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1. La Administración regional fomentará la utilización, siempre que no se prohíba expresamente en la correspondiente normativa reguladora, de la declaración responsable y la comunicación, en aquellos procedimientos de su competencia, de conformidad con la normativa estatal y de la Unión Europea.

2. Se entenderá por declaración responsable el documento suscrito por la persona interesada, en el que ésta manifiesta, bajo su responsabilidad, que cumple con los requisitos establecidos en la normativa vigente para obtener el reconocimiento de un derecho o facultad o para su ejercicio, que dispone de la documentación que así lo acredita, que la pondrá a disposición de la Administración regional cuando le sea requerida, y que se compromete a mantener el cumplimiento de las anteriores obligaciones durante el período de tiempo inherente a dicho reconocimiento o ejercicio. Los requisitos deberán estar recogidos de manera expresa, clara y precisa en la correspondiente declaración responsable.

3. Se entenderá por comunicación aquel documento mediante el que la persona interesada pone en conocimiento de la Administración regional sus datos identificativos o cualquier otro dato relevante para el inicio de una actividad o el ejercicio de un derecho.

4. El órgano competente por razón de la materia deberá aprobar, publicar y mantener actualizados los correspondientes modelos de declaraciones responsables y comunicaciones, que deberán ser fácilmente accesibles para las personas interesadas.

5. Los órganos de la Administración regional revisarán periódicamente los procedimientos de intervención de su competencia, con el objetivo de valorar la sustitución de las autorizaciones, licencias u otras formas de intervención administrativa por declaraciones responsables y comunicaciones.

6. Cada consejería deberá revisar y justificar los procedimientos de autorización e intervención de su competencia, en el momento en que tramite la elaboración o modificación de una norma. La memoria justificativa de la misma deberá motivar las razones de interés general que justifiquen el mantenimiento de las autorizaciones, licencias u otras formas de intervención administrativa.

7. El órgano competente que promueva el establecimiento del régimen de declaración responsable o comunicación deberá contar con los servicios de inspección y control adecuados para ejercitar las funciones de comprobación, control e inspección.