Articulo 17 Sistema Público de Equipamientos Escénicos y Musicales
Ver Indice
»Artículo 17. Contrato programa
Vigente
nuevo
GPT Iberley IA
Copiloto jurídico
El contrato programa es la modalidad de vinculación preferente de los equipamientos escénicos y musicales nacionales con la Administración de la Generalidad.
En el supuesto de que estos equipamientos no dispongan de contrato programa, se tienen que subscribir, supletoriamente, convenios de colaboración.
