Articulo 17 Sistema Públi...Musicales

Articulo 17 Sistema Público de Equipamientos Escénicos y Musicales

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Artículo 17. Contrato programa

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El contrato programa es la modalidad de vinculación preferente de los equipamientos escénicos y musicales nacionales con la Administración de la Generalidad.

En el supuesto de que estos equipamientos no dispongan de contrato programa, se tienen que subscribir, supletoriamente, convenios de colaboración.