Articulo 17 Texto Consoli...a infancia

Articulo 17 Texto Consolidado del Decreto que regula la red de escuelas infantiles públicas y los servicios para la educación de la primera infancia

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Artículo 17. Funciones de la Comisión de Coordinación Educativa

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La Comisión de Coordinación Educativa tiene la función de asesorar al director del Instituto sobre:

1. Las características educativas y sociales de los planes y los programas propios del Instituto o cualquier otro de la Consejería relacionada con el funcionamiento pedagógico de las escuelas infantiles de primer ciclo de educación infantil, con el fortalecimiento de las capacidades educativas de las familias, o con los servicios educativos de atención temprana.

2. Las actuaciones de las entidades con el objeto de beneficiar las condiciones educativas de los niños de cero a tres años y las capacidades educativas de sus familias.