Articulo 17 Texto Consolidado del Decreto que regula la red de escuelas infantil... la primera infancia
Articulo 17 Texto Consoli...a infancia

Articulo 17 Texto Consolidado del Decreto que regula la red de escuelas infantiles públicas y los servicios para la educación de la primera infancia

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Artículo 17. Funciones de la Comisión de Coordinación Educativa

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La Comisión de Coordinación Educativa tiene la función de asesorar al director del Instituto sobre:

1. Las características educativas y sociales de los planes y los programas propios del Instituto o cualquier otro de la Consejería relacionada con el funcionamiento pedagógico de las escuelas infantiles de primer ciclo de educación infantil, con el fortalecimiento de las capacidades educativas de las familias, o con los servicios educativos de atención temprana.

2. Las actuaciones de las entidades con el objeto de beneficiar las condiciones educativas de los niños de cero a tres años y las capacidades educativas de sus familias.

Modificaciones
  • Texto Original. Publicado el 29-09-2020 en vigor desde 30-09-2020