Articulo 17 TR de disposiciones legales de Extremadura en materia de tributos cedidos por el Estado
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Articulo 17 TR. de disposiciones legales de Extremadura en materia de tributos cedidos por el Estado

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Artículo 17. Mejora de la reducción personal en las adquisiciones por causa de muerte para los causahabientes incluidos en los grupos I y II de parentesco.

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Los causahabientes incluidos dentro de los grupos I y II del artículo 20.2.a) de la Ley 29/1987, de 18 de diciembre, del Impuesto sobre Sucesiones y Donaciones, podrán aplicarse una reducción en la base imponible de 500.000 €.

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