Articulo 17 Transparencia y buenas prácticas en la Administración pública
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»Artículo 17. Información sobre retribuciones.
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La página web de la Xunta de Galicia publicará nominalmente las retribuciones públicas percibidas por las personas a que se refiere el artículo 14 de la presente ley, con expresa indicación de los diferentes conceptos retributivos.
