Articulo 170 por el que s...lla y León

Articulo 170 por el que se aprueban las Instrucciones Generales para la Ordenación de los Montes Arbolados en Castilla y León

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Artículo 170.

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1. En los métodos de ordenación de entresaca por bosquetes medios, fijado el plazo indicado en el artículo 158, y conocida la edad de madurez de la especie principal del rodal, la superficie total que debe cortarse y regenerarse durante dicho plazo en un rodal i sería:

   Sreg . i = Si/Ei . pz   

siendo Si la superficie del rodal i, Ei la edad de madurez de la especie principal y pz el plazo fijado.

El número de bosquetes a cortar durante los pz años sería:

   ni = Sreg . i/bm   

siendo bm el tamaño promedio de los bosquetes.

Si en el rodal existiesen varias especies principales de edad de madurez diferentes Ei1, Ei2..... y se pudiesen conocer las superficies Si1, Si2.... que ocupan, la superficie a regenerar sería:

   Sreg.i = (Si1/Ei1 + Si2/Ei2 + ....) . pz   

2. En los métodos de ordenación de entresaca por bosquetes grandes, fijado el plazo indicado en el artículo 157, y conocida la edad de madurez de la especie principal del cuartel, la superficie total que debe cortarse y regenerarse durante dicho plazo en todo el cuartel sería:

   Sreg = S/E . pz   

siendo S la superficie del cuartel, E la edad de madurez de la especie principal y pz el plazo fijado.

El número de bosquetes a cortar durante los pz años sería:

N = Sreg / bg

siendo bg el tamaño promedio de los bosquetes grandes.

Si en un rodal existiesen varias especies principales de edad de madurez diferentes E1, E2 ... y se pudiesen conocer las superficies S1, S2 ... que ocupan, la superficie a regenerar sería:

   Sreg.i = (S1/E1 + S2/E2 + ....) . pz   

3. Se controlará durante la ejecución de las cortas que los bosquetes medios se localizan de forma dispersa en el rodal, y que los bosquetes grandes se dispersan por el cuartel.

4. Una vez cortado, se señalarán los límites de cada bosquete con el fin de controlar la marcha de la regeneración y proceder al final de cada plazo fijado al obligado balance de clases de edad.