Articulo 170 Contratos públicos -Derogada-
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»Artículo 170. Plazo.
Vigente
Con carácter general, los contratos de suministro tendrán un plazo máximo de cuatro años, incluidas todas sus prórrogas.
Con carácter general, los contratos de suministro tendrán un plazo máximo de cuatro años, incluidas todas sus prórrogas.