Articulo 170 Educación de Cataluña
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»Artículo 170. Cooperación con empresas y sindicatos
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1. Las organizaciones empresariales y las organizaciones sindicales participan en los consejos escolares regulados por el capítulo V.
2. Las empresas y las organizaciones empresariales colaboran mediante convenios en las enseñanzas propias de la formación profesional. Asimismo, las organizaciones empresariales y las organizaciones sindicales del sector productivo participan en el Consejo Catalán de Formación Profesional.
