Articulo 170 Ley de la Jurisdicción social
Ver Indice
»Artículo 170. Remisión del expediente.
Vigente
nuevo
GPT Iberley IA
Copiloto jurídico
Dentro del siguiente día hábil a la admisión de la demanda, el secretario judicial requerirá de la oficina pública competente el envío del expediente, que habrá de ser remitido en el plazo de cinco días.
