Articulo 170 Medidas fiscales, administrativas, financieras y del sector público y creación de impuestos sobre grandes establecimientos comerciales, estancias en establecimientos turísticos, elementos radiotóxicos, bebidas azucaradas envasadas y emisiones de CO2
Artículo 170. Modificación de la Ley 16/1984 (Estatuto de la función interventora)
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1. Se modifica el apartado 3 del artículo 7 de la Ley 16/1984, de 20 de marzo, del estatuto de la función interventora, que queda redactado del siguiente modo:
«3. El interventor adjunto para la Seguridad Social depende orgánicamente y funcionalmente del interventor general de la Administración de la Generalidad.»
2. Se modifica el apartado 5 del artículo 7 de la Ley 16/1984, que queda redactado del siguiente modo:
«5. Deben determinarse por reglamento la estructura, las competencias y las funciones de la Intervención Adjunta para la Seguridad Social. Asimismo, puede modificarse por reglamento su denominación y la denominación de la persona titular.»
3. Se deroga la disposición adicional primera de la Ley 16/1984.
