Articulo 171 Ley de la Jurisdicción social
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Artículo 171. Efectos de la sentencia estimatoria.

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La sentencia, de estimar la demanda, ordenará de inmediato el depósito del estatuto sindical en la correspondiente oficina pública.

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  • Texto Original. Publicado el 11-10-2011 en vigor desde 11-12-2011