Articulo 171 Simplificación y mejora de la regulación normativa
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»Artículo 171. Modificación del artículo 56 del texto refundido de la Ley de carreteras
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Se añade una letra, la k, al artículo 56.4 del texto refundido de la Ley de carreteras, con el siguiente texto:
"k) Ocupar de forma temporal las zonas de dominio público, de servidumbre y de afectación para realizar en ellas usos y actividades relacionadas con la prestación de servicios de naturaleza sexual."
