Articulo 172 Empleo público de Galicia

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Artículo 172. Modalidades

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La excedencia voluntaria del personal funcionario de carrera puede adoptar las siguientes modalidades:

a) Excedencia por interés particular.

b) Excedencia por prestación de servicios en el sector público.

c) Excedencia por agrupación familiar.

d) Excedencia por cuidado de familiares.

e) Excedencia por razón de violencia de género o de violencia sexual

f) Excedencia por razón de violencia terrorista.

Modificaciones