Articulo 173 se aprueba e...e Cataluña

Articulo 173 se aprueba el TR. de la Ley Municipal y de Régimen Local de Cataluña

Ver Indice
»

Artículo 173. Revisión de disposiciones, actos y acuerdos.

Vigente
nuevo

GPT Iberley IA

Copiloto jurídico



173.1 Los entes locales pueden revisar sus disposiciones, actos o acuerdos en los términos establecidos por la legislación reguladora del procedimiento administrativo común, sin perjuicio de supuestos específicos establecidos por la legislación básica de régimen local.

173.2 Les es igualmente aplicable la legislación reguladora del procedimiento administrativo común en materia de invalidez de los actos y de los acuerdos y de silencio administrativo.