Articulo 173 Estatutos de la Universidad Nacional de Educación a Distancia
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»Artículo 173. Derechos y deberes del profesorado.
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Son derechos y deberes del profesorado.
a) Ejercer la docencia con libertad de cátedra, sin más límites que los establecidos en la Constitución, y en las leyes y los derivados de la organización de las enseñanzas, aprobada por los órganos colegiados de la Universidad.
b) Realizar la investigación y participar en ella, de acuerdo con los fines generales de la UNED y dentro de los límites establecidos en el ordenamiento jurídico. La investigación se llevará a cabo principalmente en grupos de investigación, Departamentos e Institutos Universitarios de Investigación, con respeto y salvaguardia de la iniciativa individual.
c) Participar en la elaboración de los materiales didácticos de las asignaturas.
