Artículo 173 TR de las Le...s Públicos

Artículo 173. Hecho imponible.

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Artículo 173. Hecho imponible.

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Constituye el hecho imponible la realización de las actuaciones administrativas inherentes a la tramitación de comunicaciones y autorizaciones contempladas en la normativa vigente en materia de residuos y suelos contaminados, así como la inscripción de datos en el Registro de Productores y Gestores de Residuos y la expedición de certificaciones de datos contenidos en el mismo.

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