Articulo 174 Derecho civil de Galicia

Articulo 174 Derecho civil de Galicia

Ver Indice
»

Artículo 174.

Vigente
nuevo

GPT Iberley IA

Copiloto jurídico



Las capitulaciones podrán contener cualquier estipulación relativa al régimen económico familiar y sucesorio, sin más limitaciones que las contenidas en la ley.