Articulo 174 Patentes
Articulo 174 Patentes

Articulo 174 Patentes

No hay nodos disponibles
Ver Indice
»

Artículo 174. La Oficina Española como Administración de Búsqueda y Examen preliminar Internacional.

Vigente

Tiempo de lectura: 1 min

Tiempo de lectura: 1 min


La Oficina Española de Patentes y Marcas actuará en calidad de Administración encargada de la Búsqueda Internacional y en calidad de Administración encargada del Examen Preliminar Internacional de acuerdo con lo previsto en el Tratado de cooperación en materia de patentes, conforme al acuerdo concluido entre la Oficina Española de Patentes y Marcas y la Oficina Internacional de la Organización Mundial de la Propiedad Intelectual.

Modificaciones
  • Texto Original. Publicado el 25-07-2015 en vigor desde 01-04-2017