Articulo 174 TR de disposiciones en materia de ordenación del territorio y urbanismo
Articulo 174 TR de dispos... urbanismo

Articulo 174 TR. de disposiciones en materia de ordenación del territorio y urbanismo

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Artículo 174. Procedimiento conjunto.

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Si los propietarios incluidos en el polígono o unidad de actuación llegan a un acuerdo unánime para efectuar la reparcelacióny prestan garantías suficientes a juicio de la Administración acerca de la ejecución de las obras de urbanización, podrán prescindir de la constitución de la Junta de Compensación y de la tramitación del Proyecto de Actuación y del Proyecto de Compensación.

Modificaciones
  • Texto Original. Publicado el 27-04-2004 en vigor desde 28-04-2004