Articulo 175 por el que s...lla y León

Articulo 175 por el que se aprueban las Instrucciones Generales para la Ordenación de los Montes Arbolados en Castilla y León

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Artículo 175.

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1. Los criterios generales para el establecimiento del turno en masas cuya resinación vaya a proseguirse o a comenzar se basarán en consideraciones relativas a los períodos de tiempo necesarios para que la población alcance, en su conjunto, el diámetro mínimo de apertura, incrementados con la duración del período de producción resinera (conjunto de períodos de resinación) y con el tiempo necesario para, una vez concluido el ciclo de producción de miera, conseguir la completa regeneración de la masa. Ocasionalmente pueden utilizarse también criterios de máximo rendimiento maderable, cuando se disponga de información acerca del momento en que se produce en masas resinadas. En tal caso, será preciso verificar que la duración de cada uno de los subciclos (formación, producción y regeneración) puede encajarse en el lapso de tiempo así determinado.

2. En el caso de las masas de los grupos A y B, las edades de madurez no rebasarán en general los cien años, por ser rara y escasamente productiva la resinación a estas edades y carecer de sentido el mantenimiento en pie de árboles resinados por encima de las mismas, salvo por razones de persistencia. En su determinación se tendrán en cuenta tanto las cifras elegidas para los períodos de regeneración como la posible articulación de los períodos de resinación con estos últimos. Para ello, el período resinero (necesario para completar una cara de resinación) será en general un divisor del de regeneración y éste a su vez del turno o edad de madurez. En las condiciones ideales para el método de tramos periódicos con resinación por tramos completos, el período de producción resinera y el período de regeneración serán iguales.

3. En el caso de las masas del grupo C debe tenerse bien presente que la edad de madurez vendrá determinada por el tiempo que, como máximo, pueda demorarse la corta del arbolado a sustituir y que, como en toda transformación, resulta conveniente optar por plazos no muy prolongados.