Articulo 175 Cooperativas de Asturias

Articulo 175 Cooperativas de Asturias

Ver Indice
»

Artículo 175.-Ámbito de actuación.

nuevo

GPT Iberley IA

Copiloto jurídico



1. El ámbito de actuación de esta clase de cooperativas será determinado estatutariamente.

2. De conformidad con lo previsto por el artículo 5, las cooperativas de transportistas podrán desarrollar operaciones con terceros no socios en el ámbito de la actividad cooperativizada según lo permitido legalmente para las distintas modalidades de esta clase de cooperativas.