Articulo 176 Ordenación del Territorio y Urbanismo de Cantabria
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»Artículo 176. Formas de gestión.
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Cuando se fije la expropiación como sistema de actuación, podrán utilizarse las formas de gestión que permita la legislación de régimen local y que resulten más adecuadas a los fines previstos en el planeamiento.
