Articulo 176 TR de la ley...s públicas

Articulo 176 TR. de la ley de contratos de las administraciones públicas

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Artículo 176. Contratos menores.

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(DEROGADO)

Los contratos comprendidos en este Título tendrán la consideración de contratos menores cuando su cuantía no exceda de 2.000.000 de pesetas (12.020,24 euros) con excepción de aquéllos a los que se refiere el artículo 183.1.

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