Artículo 176 TR. de la Ley de Tasas y Precios Públicos de la Administración de la Comunidad Autónoma del País Vasco
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»Artículo 176.- Hecho imponible.
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Constituye el hecho imponible de esta tasa la prestación por el departamento en materia de salud de los servicios del Laboratorio de Salud Pública.
