Articulo 1767 Código civil
Articulo 1767 Código civil

Articulo 1767 Código civil

No hay nodos disponibles
Ver Indice
»

Artículo 1767

Vigente

Tiempo de lectura: 1 min

Tiempo de lectura: 1 min


El depositario no puede servirse de la cosa depositada sin permiso expreso del depositante.

En caso contrario, responderá de los daños y perjuicios.

Modificaciones
  • Texto Original. Publicado el 25-07-1889 en vigor desde 25-07-1889