Articulo 177 Régimen específico de tasas

Articulo 177 Régimen específico de tasas

Ver Indice
»

Artículo 177. Sujeto pasivo.

Vigente
nuevo

GPT Iberley IA

Copiloto jurídico



Son sujetos pasivos de esta tasa quienes soliciten o se vean afectados por la autorización para el vertido de aguas.