Articulo 18 Accesibilidad universal de I. Balears
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»Artículo 18. Conceptos generales
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1. La tarjeta de estacionamiento para personas con discapacidad que tengan movilidad reducida o graves problemas de movilidad es un documento público que acredita el derecho de quien es su titular a estacionar el vehículo que lo transporta en el lugar más próximo posible a aquel al cual se desplaza, de acuerdo con las condiciones establecidas reglamentariamente.
2. Las plazas de aparcamiento reservadas son espacios de aparcamiento destinados al uso de las personas titulares de esta tarjeta. Estas plazas deberán contar con las características, la señalización y las dimensiones adecuadas establecidas reglamentariamente.
