Articulo 18 el que se aprueba el Reglamento de ingreso en las administraciones públicas de Navarra
Artículo 18.
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1. Las pruebas selectivas para el ingreso en las Administraciones Públicas de Navarra se llevarán a cabo por el sistema de oposición salvo cuando, por la naturaleza de las funciones a desempeñar, sea más adecuada la utilización del sistema de concurso-oposición
2. La oposición consistirá en la celebración de una o más pruebas competitivas para determinar la aptitud de los aspirantes y fijar el orden de prelación de los mismos.
3. El concurso-oposición constará de dos fases sucesivas. La fase de concurso consistirá exclusivamente en la calificación de los méritos alegados por los concursantes de acuerdo con el baremo establecido en la correspondiente convocatoria. La fase de oposición se regirá por lo establecido en el apartado anterior.
