Articulo 18 el que se aprueba el Reglamento de Selección e Ingreso de Personal de la Administración del Principado de Asturias
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»Artículo 18.
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Para la formulación de las propuestas a que se refiere el artículo anterior deberá tenerse en cuenta:
Que se excluirán de ellas las plazas pertenecientes a Cuerpos de Administración General.
La motivación concreta y exhaustiva que justifique, conforme al artículo 5 y si así se propusiere, la procedencia del sistema de concurso.
En los casos en que un mismo tipo de plaza afecte a varias Consejerías, la Dirección Regional de la Función Pública, previo informe de la Comisión de Personal, determinará el temario común.

