Articulo 18 el que se aprueba el reglamento de Selección, Provisión de Puestos de Trabajo y Carrera Administrativa del Personal comprendido en el ámbito de aplicación de la Ley de Función Pública Valenciana
Artículo 18. Formas de provisión por convocatorias públicas.
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1. Los procedimientos de concurso y libre designación para la provisión de puestos de trabajo se regirán por lo dispuesto en el artículo 20 de la Ley de la Función Pública Valenciana, lo dispuesto en este reglamento y por las normas de la respectiva convocatoria.
2. Las convocatorias, así como las resoluciones de adjudicación, deberán hacerse públicas por la autoridad u órgano competente para hacer los nombramientos, al menos en el Diari Oficial de la Generalitat Valenciana, sirviendo dicha publicación, en la fecha en que se efectúe, de notificación a todos los interesados, a efectos de posibles impugnaciones o recursos.
3. Corresponde a la Dirección General de Función Pública la convocatoria de puestos de trabajo de la administración del Consell para su provisión mediante concurso o libre designación, y el nombramiento de los miembros de las Comisiones de Valoración.
