Articulo 18 Áreas de promoción económica urbana
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»Artículo 18. Órganos
Vigente
1. Los órganos de la entidad gestora son, como mínimo, los siguientes:
a) La asamblea general.
b) La presidencia.
c) La secretaría.
d) La gerencia.
2. Facultativamente, la entidad gestora puede dotarse de una junta directiva, una vicepresidencia y una tesorería.
Modificaciones
- Texto Original. Publicado el 24-12-2020 en vigor desde 13-01-2021