Artículo 18 ayuda excepci...l (FEADER)

Artículo 18 ayuda excepcional de emergencia a explotaciones ovinas y de cereza especialmente afectadas por desastres naturales en el marco del Fondo Europeo Agrícola de Desarrollo Rural (FEADER)

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Artículo 18. Sistema de gestión y control.

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Estas ayudas estarán sujetas al sistema de gestión control regulado para las medidas del Plan de Desarrollo Rural de Extremadura 2014-2022 financiadas con el Feader.

Las beneficiarias estarán obligadas a facilitar cuantos datos e informaciones sean necesarias para la gestión y el control. De igual modo estarán obligadas las empresas que hubieren adquirido o comercializado las producciones cereceras de las beneficiarias.