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Articulo 18 ayudas directas para las personas trabajadoras autónomas y las empresas del sector del transporte público de viajeros en autobús por carretera

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Artículo 18. Entrada en vigor

Vigente

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Este decreto ley entrará en vigor al día siguiente al de su publicación en el Diari Oficial de la Generalitat Valenciana.

Alicante, 18 de noviembre de 2022

El president de la Generalitat, XIMO PUIG I FERRER

La consellera de Política Territorial, Obras Públicas y Movilidad,

REBECA MARIOLA TORRÓ SOLER

Modificaciones
  • Texto Original. Publicado el 22-11-2022 en vigor desde 23-11-2022