Artículo 18 bis criterios...umo humano

Artículo 18 bis criterios sanitarios de la calidad del agua de consumo humano

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Artículo 18 bis. Objetivos del Protocolo de autocontrol y gestión del abastecimiento.

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El Protocolo de autocontrol y gestión del abastecimiento debe:

a) Comprobar que las medidas aplicadas para controlar los riesgos para la salud humana en todo el abastecimiento, a partir de la captación incluidos el tratamiento, el almacenamiento y la distribución, son eficaces y que el agua en el punto de cumplimiento es salubre y limpia.

b) Facilitar información sobre la calidad del agua de consumo humano suministrada a fin de demostrar el cumplimiento de las obligaciones establecidas en el artículo 5 y de los valores paramétricos previstos en el anexo I.

c) Determinar los medios más adecuados para reducir el riesgo sobre la salud humana.