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Artículo 18 bis Estatuto de las personas consumidoras y usuarias de C. Valenciana

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Artículo 18 bis. Protección contra las prácticas comerciales desleales

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Las personas consumidoras tienen derecho a protección frente a las prácticas comerciales desleales previstas en la normativa reguladora de estas. Particularmente, frente a las prácticas comerciales engañosas, ya sea por acción o por omisión, así como frente a las prácticas comerciales agresivas realizadas antes, durante y después de una transacción comercial, siempre que afecten a las personas consumidoras y usuarias.