Articulo 18 Censo de Contribuyentes y obligaciones censales
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»Artículo 18. Gestión de declaraciones censales.
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Corresponde al Departamento de Hacienda, Finanzas y Presupuestos la formación y el mantenimiento del Censo al que se refiere este Decreto Foral. A tal efecto, podrá realizar las altas, modificaciones y bajas correspondientes de acuerdo con lo dispuesto en este Decreto Foral.
