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Articulo 18 Cláusulas de responsabilidad social en la contratación pública y en las convocatorias de ayudas y subvenciones

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Artículo 18. Informe anual

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En relación con cada ejercicio presupuestario, las consellerias y los entes que integran el sector público instrumental de la Generalitat, remitirán a la conselleria competente en materia de responsabilidad social, antes del día 1 de marzo del año siguiente, un informe relativo a la aplicación de cláusulas o criterios sociales y medioambientales en las diferentes fases de los procedimientos de contratación y en el otorgamiento de ayudas y subvenciones.

Modificaciones
  • Texto Original. Publicado el 16-08-2022 en vigor desde 16-05-2023