Articulo 18 Creación del Consejo de la Juventud de Madrid
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»Artículo 18. Vocalías
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Son funciones de las Vocalías de la Comisión Permanente:
a) Asistir a las reuniones de los Órganos del Consejo.
b) Cualesquiera otras funciones que le encomiende la Asamblea General, Asamblea Ejecutiva o la Comisión Permanente.
