Articulo 18 Creación del Instituto de la Memoria, la Convivencia y los Derechos Humanos
Ver Indice
»Artículo 18.- Control parlamentario.
Vigente
nuevo
GPT Iberley IA
Copiloto jurídico
La directora o director del instituto comparecerá al menos al inicio de cada año en la comisión correspondiente del Parlamento Vasco a fin de informar del grado de cumplimiento de la actividad del organismo en el ejercicio anterior y exponer la planificación correspondiente al ejercicio en curso.
