Articulo 18 Desarrollo de la Ley 2/1995, de Haciendas Locales, en materia de presupuestos y gasto público
Artículo 18. Aprobación inicial y definitiva.
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Publicación y comunicaciones.
1. El acuerdo de aprobación, que será único, habrá de detallar los presupuestos que integran el Presupuesto General, no pudiendo aprobarse ninguno de ellos de forma separada, salvo en el caso de los correspondientes organismos autónomos cuya creación tenga lugar una vez aprobado aquél.
2. Aprobado inicialmente el Presupuesto General por el Pleno, por mayoría simple, se expondrá en la Secretaría por período de quince días hábiles, previo anuncio de dicha exposición en el Boletín Oficial de Navarra y en el tablón, a fin de que los vecinos o interesados puedan examinar el expediente y formular las reclamaciones que estimen pertinentes.
Si se formularan reclamaciones, el Pleno adoptará acuerdo expreso relativo a la resolución de aquellas y a la aprobación definitiva del Presupuesto General.
Si no se hubiesen formulado reclamaciones, el Presupuesto General se entenderá aprobado definitivamente, una vez transcurrido el periodo de exposición pública señalado en el párrafo primero.
3. La aprobación definitiva del Presupuesto General por el Pleno de la Corporación habrá de realizarse antes del día 31 de diciembre del año anterior al del ejercicio en que deba aplicarse.
4. El Presupuesto General, definitivamente aprobado será insertado en el "Boletín Oficial" de la Corporación, si lo tuviere y, resumido por capítulos de cada uno de los presupuestos que lo integran, en el de Navarra.
5. El Presupuesto General entrará en vigor en el ejercicio correspondiente una vez publicado en la forma prevista en el número anterior.
6. Las entidades locales de Navarra deberán remitir al Departamento de Administración Local del Gobierno de Navarra, en el plazo de 15 días siguientes a la aprobación definitiva, copia del expediente del Presupuesto General.
7. Copia completa del expediente de Presupuesto General, y de sus modificaciones deberá hallarse a disposición del público, a efectos informativos, desde su aprobación definitiva hasta la finalización del ejercicio.

