Articulo 18 Economía Social de Canarias

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Artículo 18.- Nombramientos y ceses.

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1. Las personas titulares y suplentes integrantes de la Comisión de la Economía Social de Canarias serán nombradas y cesadas por el consejero o consejera competente en materia de economía social, a propuesta de la entidad u órgano al que le corresponde o de las decisiones derivadas del propio consejo.

2. La duración del mandato de las personas integrantes de la Comisión de la Economía Social de Canarias será de cuatro años, renovándose a la finalización de este periodo, sin perjuicio de su reelección.

3. Las personas integrantes de la Comisión de la Economía Social de Canarias podrán ser sustituidas a iniciativa de la entidad u órgano al cual le corresponde realizar la propuesta de nombramiento.