Articulo 18 Gobierno Vale...Valenciana

Articulo 18 Gobierno Valenciano, por el que se establecen las bases y criterios generales uniformes para la selección, promoción y movilidad de todas las escalas y categorías de las policías locales y auxiliares de policía local de la Comunidad Valenciana

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Artículo 18. Promoción interna. Escalas Superior y Técnica.

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Sin perjuicio de lo dispuesto en el artículo 19 de la Ley 6/1999, de 19 de abril, de la Generalitat Valenciana, de Policías Locales y de Coordinación de las Policías Locales de la Comunidad Valenciana, las plazas vacantes de las Escalas Superior y Técnica que ofertadas, de acuerdo con las reservas establecidas en los anexos III y IV de este decreto, al turno de promoción interna, no fueran cubiertas por dicho turno, incrementarán el turno libre. Asimismo, las plazas ofertadas al turno libre, y las agregadas al mismo procedentes de promoción interna que no fueran cubiertas por dicho turno, pasarán al turno de movilidad.