Articulo 18 Impuesto sobre estancias turísticas
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»Artículo 18. Datos estadísticos
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De conformidad con el artículo 11 de la Ley Orgánica 15/1999, de 13 de diciembre, de protección de datos de carácter personal, la Agencia Tributaria de las Illes Balears podrá ceder los datos obtenidos de la gestión del impuesto a la consejería competente en materia de turismo, previo proceso de disociación.
