Articulo 18 Impuesto sobre Transmisiones Patrimoniales y Actos Jurídicos Documentados de Bizkaia
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»Artículo 18. Actos equiparados a transmisiones de derechos.
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La subrogación en los derechos del acreedor, prendario, hipotecario o anticrético se considerará como transmisión de derechos y tributará por el tipo establecido en la letra e) del artículo 13 de la presente Norma Foral.
