Articulo 18 Medidas Fiscales y Administrativas 2019 de Cantabria
Artículo 18. Modificación de la Ley 2/2019, de 7 de marzo, de Igualdad efectiva entre mujeres y hombres.
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Se modifican los artículos 56, 65.1 y 86.2, quedando redactados como sigue:
"Artículo 56. Servicios para el empleo.
1. En cumplimiento de la legislación laboral, el Servicio Cántabro de Empleo, las entidades colaboradoras y las agencias de colocación que intervienen en las diferentes fases del proceso de acompañamiento a la inserción laboral no tramitarán cualquier oferta de empleo discriminatoria por razón de sexo, de acuerdo con sus propios procedimientos y normativa correspondiente.
2. El Servicio Cántabro de Empleo y las entidades colaboradoras recibirán formación sobre el modo de incorporar la perspectiva de género en cada fase del proceso integral de acompañamiento a la inserción laboral."
"Artículo 65. Acoso sexual y acoso por razón de sexo.
1. Las Administraciones públicas de Cantabria combatirán el acoso sexual y el acoso por razón de sexo en el ámbito laboral como manifestación atentatoria contra la dignidad de la persona, en su dimensión discriminatoria."
"Artículo 86, Medidas específicas para prevenir el acoso sexual y el acoso por razón de sexo en el trabajo.
(...)
2. En los términos de la legislación laboral, los representantes de los trabajadores deberán contribuir a prevenir el acoso sexual y el acoso por razón de sexo en el trabajo, mediante la sensibilización y asesoramiento de trabajadores y trabajadoras frente al mismo, la negociación de protocolos de anti acoso y la comunicación a la dirección de la empresa de las conductas o comportamientos de que tuvieran conocimiento y que pudieran propiciarlos."
