Articulo 18 Modificación de diversas leyes de Euskadi para su adaptación a la Directiva 2006/123/CE, relativa a los servicios en el mercado interior
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»Artículo decimoctavo.-
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Se modifica el título del artículo 2 de la Ley 7/2006, de 1 de diciembre, de Museos de Euskadi, que queda redactado como sigue:
«Artículo 2.- Concepto y funciones de los museos y colecciones».
