Artículo 18 ORDEN de 17 ..., P. Vasco

Artículo 18. ORDEN de 17 de marzo de 2026, P. Vasco

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Artículo 18. Protección de Datos Personales.

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Los datos de carácter personal serán tratados e incorporados a la actividad de tratamiento denominada: Formación y perfeccionamiento.

1.- Responsable: IVAP.

2.- Finalidad: Gestión de solicitudes de homologación de acciones formativas.

3.- Legitimación: tratamiento necesario para el cumplimiento de una misión realizada en interés público o en el ejercicio de poderes públicos conferidos al responsable del tratamiento.

4.- Destinatarios:

a) Diputaciones Forales.

b) Otros órganos de la administración local.

c) Otros órganos de la Comunidad Autónoma.

d) Boletín Oficial del País Vasco.

5.- Derechos: derecho a acceder, rectificar y suprimir los datos, así como otros derechos que se recogen en la información adicional (https://www.euskadi.eus/servicios/10842/

6.- Información adicional: puede consultar la información adicional y detallada sobre Protección de Datos en nuestra página web: https://www.euskadi.eus/clausulas-informativas/web01-sedepd/es/transparencia/021300-capa2-es.shtml

7.- Normativa:

- Reglamento General de Protección de Datos:

(eur-lex.europa.eu/legal-content/ES/TXT/HTML/?uri=CELEX:32016R0679&from=ES).

- Ley Orgánica 3/2018, de 5 de diciembre, de Protección de Datos Personales y garantía de los derechos digitales:

(https://www.boe.es/buscar/doc.php?id=BOE-A-2018-16673).