Artículo 18 Ordenación de... ganaderas

Artículo 18 Ordenación de las explotaciones ganaderas

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Artículo 18. Procedimiento de autorización del inicio de la actividad ganadera y de inscripción en el Registro de explotaciones ganaderas

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18.1 Las solicitudes de autorización, se formalizan en impreso normalizado que se puede descargar desde la sede corporativa electrónica de la Generalidad de Cataluña (http:/www.gencat.cat) u obtener en cualquier dependencia del departamento competente en materia de ganadería. Estas solicitudes deben dirigirse a las oficinas comarcales del departamento competente en materia de ganadería y deben presentarse en estas oficinas o en la Red de Oficinas de Gestión Empresarial, sin perjuicio de hacer uso del resto de medios establecidos en la Ley 26/2010, de 3 de agosto. En este caso, la Red de Oficinas de Gestión Empresarial de la Generalidad de Cataluña puede hacer la verificación formal de la documentación presentada, una vez realizada esta verificación formal debe enviar la documentación a la oficina comarcal competente en materia de ganadería y sanidad animal para su estudio y tramitación.

18.2 El modelo de solicitud debe informar de la documentación que la persona interesada debe presentar para acreditar la identidad y la representación de la persona solicitante en el caso de que no autorice la comprobación telemática de los datos por parte de la Administración y en su caso de los estatutos.

18.3 Con las solicitudes debe adjuntarse la documentación que se relaciona a continuación:

a) Memoria descriptiva de las actividades en función de la especie, de acuerdo con el modelo normalizado que se puede obtener en la web http:/www.gencat.cat o en cualquier dependencia del departamento competente en materia de ganadería o de la Red de Oficinas de Gestión Empresarial.

b) Plano de distribución de las instalaciones.

c) Acreditación de la titularidad de la explotación ganadera. En caso de que la persona solicitante no sea el propietario o propietaria de las instalaciones, es necesario que aporte la conformidad del propietario o propietaria.

d) Declaración responsable conforme se dispone de la autorización o licencia ambiental.

En el supuesto de estar sometido a comunicación ambiental, la declaración responsable lo es sobre haberla presentado en el ayuntamiento correspondiente y estar en posesión de la certificación técnica ambiental.

e) Programa higiénico-sanitario cuando sea preceptivo, de acuerdo con los anexos.

No obstante, no hay que presentar la documentación que ya se haya presentado anteriormente en el departamento competente en materia de ganadería o en cualquier otro organismo de la Administración y cuyos datos no hayan variado y sigan siendo vigentes. En este caso, cuando se inicie el procedimiento administrativo en una oficina del departamento competente en materia de ganadería diferente a aquella en la que se presentó la documentación o en la Red de Oficinas de Gestión Empresarial, hay que indicar en el impreso de solicitud en qué procedimiento, y unidad donde se presentó la documentación.

f) Documento acreditativo de las características de los sistemas de almacenamiento de las deyecciones ganaderas.

18.4 En caso de que la solicitud de autorización presente una de las excepciones de ubicación que regula el artículo 5, previamente a la solicitud de autorización, debe haber solicitado y obtenido informe favorable de la Comisión del registro de explotaciones ganaderas, que debe unirse al expediente.