Articulo 18 Ordenación vitivinícola de Navarra
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»Artículo 18. Titularidad, uso y gestión de los nombres geográficos protegidos.
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Son bienes de dominio público, cuya titularidad corresponde a la Comunidad Foral de Navarra, los nombres geográficos protegidos por estar asociados con cada nivel de protección según su respectiva norma específica cuando su ámbito territorial no exceda del de la Comunidad Foral.
