Articulo 18 Presupuestos ...xtremadura

Articulo 18 Presupuestos 2007 Extremadura

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Artículo 18. Retribuciones de los miembros del Consejo de Gobierno, de los Altos Cargos y de los miembros del Consejo Consultivo de Extremadura.

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Uno. La cuantía de las retribuciones a que tienen derecho durante el año 2007 los miembros del Consejo de Gobierno, los Altos Cargos de la Junta de Extremadura y los miembros del Consejo Consultivo de Extremadura, experimentarán, con respecto a 2006, el incremento establecido en el artículo 17 de esta Ley.

Dos. El Presidente del Consejo Consultivo de Extremadura percibirá las retribuciones correspondientes a los Consejeros de la Junta de Extremadura, y los restantes miembros del Consejo Consultivo de Extremadura las asignadas a los Altos Cargos de la Junta de Extremadura.

Tres. Además de las anteriores retribuciones, los miembros del Consejo de Gobierno, los Altos Cargos de la Junta de Extremadura y los miembros del Consejo Consultivo de Extremadura que tuvieran la condición de funcionario o personal laboral fijo de cualquiera de las Administraciones Públicas, percibirán en concepto de antigüedad la misma cuantía que tengan reconocida, o que les sea reconocida durante el ejercicio de esas funciones por su Administración de origen.